• Se amparan los daños ocasionados exclusivamente a los granos almacenados como consecuencia de Incendio, Rayo, Explosión, Vandalismo, Malevolencia, Huelga, Lock out, Impactos de Aeronaves, Vehículos Terrestres y Humo.
  • Robo de granos a primer riesgo absoluto.
  • También se amparan los gastos de vaciado, llenado y nuevas bolsas por daños a consecuencia de un siniestro amparado, aunque no haya afectado al grano.